Adquirir una vivienda de obra nueva sobre plano en Córdoba permite estrenar calidades constructivas de última generación, disfrutar de una calificación energética A, personalizar distribuciones y abonar el 20% de la entrada de forma fraccionada durante los 18 a 24 meses que dura la ejecución de la obra. Sin embargo, para que esta operación sea 100% segura, el comprador debe exigir el cumplimiento taxativo de las garantías blindadas por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
1. La Cuenta Bancaria Especial y el Aval Individual
La promotora que comercializa una promoción sobre plano en Córdoba está obligada legalmente a:
- Ingresar todas las cantidades anticipadas por los compradores en una cuenta bancaria especial y separada de cualquier otra clase de fondos de la sociedad promotora, de la cual solo puede disponer para las atenciones derivadas de la construcción de las viviendas.
- Garantizar la devolución de dichas cantidades más los intereses legales mediante una póliza de seguro de caución o un aval bancario solidario e individualizado emitido por una entidad de crédito inscrita en el Banco de España.
2. Los Plazos de Garantía de la LOE tras la Entrega de Llaves
Una vez otorgada la escritura pública de compraventa de obra nueva, el promotor, constructor y arquitectos responden por los defectos constructivos conforme a los siguientes plazos legales:
- 10 años (Seguro Decenal): Para daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados o muros de carga y que comprometan la resistencia y estabilidad del inmueble.
- 3 años: Para defectos en elementos constructivos o instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad (humedades, aislamiento acústico, termosifones).
- 1 año: Para vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de acabado de las obras (pintura, rodapiés, remates de carpintería).